La receta electrónica será la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos desde el 1 de enero de 2025.
El reemplazo de la receta de papel por la receta electrónica apunta a hacer más segura y eficiente la prescripción, garantizar que quien prescribe es un profesional en ejercicio matriculado y habilitado, permite la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega, y evita los errores de interpretación de la letra manuscrita, entre otras cuestiones.
A través de la Ley N° 27.553, el Ministerio de Salud de la Nación dispuso que los repositorios de recetas electrónicas deben estar disponibles para todas las plataformas de prescripción y farmacias, las cuales solo podrán acceder a las recetas que el paciente requiera.
Los repositorios son plataformas que validan las recetas electrónicas emitidas por los profesionales de salud y permiten que estén disponibles para su dispensa en farmacias. Estos sistemas almacenan dichas recetas garantizando la privacidad, integridad y confidencialidad de la información de los usuarios.
La ley Nacional de Receta Electrónica dispone que las plataformas pasen por un proceso de autenticación y adopten medios para conectarse con los repositorios. Esto es indispensable para asegurar la dispensa en farmacias bajo normas de buenas prácticas, correcta interoperabilidad de los datos y privacidad de la información.
Transición
Durante este tiempo de adaptación, todos los sistemas de información y plataformas digitales vinculados a la salud digital deben inscribirse al Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
En el sitio oficial del Ministerio de Salud de la Nación https://www.argentina.gob.ar/receta-electronica/plataformas figura el listado de plataformas aprobadas y está disponible también el vínculo para el acceso a cada uno de ellas. El 31 de diciembre finaliza el plazo para la adecuación de las plataformas de prescripción de medicamentos inscriptas en el ReNaPDiS.
¿Qué deben hacer los profesionales de la salud para poder prescribir a través de la receta electrónica?
Para poder emitir recetas electrónicas, los profesionales de la salud tienen que estar registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA).
A su vez, todos los ciudadanos podrán acceder al SISA para verificar si un profesional de la salud está matriculado y habilitado.
¿Cómo será su implementación?
Esta normativa apunta a garantizar una prescripción más segura y eficiente facilitando la trazabilidad del circuito de prescripción y dispensa. Su reglamentación entró en vigencia el 1° de julio y estableció un plazo de 180 días para la adhesión, registro y readecuación de las plataformas.
Cabe aclarar que aquellas recetas emitidas en papel antes del 31 de diciembre de este año podrán ser utilizadas dentro del período de vigencia habitual.
Una vez que la totalidad de las plataformas estén inscriptas, la receta manuscrita permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.
Requisitos de validez de la receta electrónica:
- Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad, domicilio.
- Código de barra.
- Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI, sexo.
- Medicamento: identificado por su nombre genérico o denominación común internacional. Debe indicar: presentación, forma farmacéutica y cantidad unidades.
- Puede contener el nombre comercial del medicamento.
- Diagnóstico.
- Fecha de emisión.
- Firma digital profesional.
Accedé a toda la información de Receta Electrónica: https://www.argentina.gob.ar/salud/digital/renapdis/receta-electronica